Céntrate en lo que necesitas (o mejor dicho, en lo que tu negocio necesita).
Si buscas contratar una empresa de control de plagas para eliminar las plagas que atacan a tu negocio, es fácil dejarse llevar por una buena imagen corporativa, más aún con el uso de las nuevas tecnologías. Como profesionales del tema, les aconsejamos que se aseguren, al menos de que:
Inscripción en el Registro Oficial de Servicio Biocidas.
1 – La empresa dispone del registro sanitario R.O.E.S.B., según establece el Real Decreto 830/2010, para poder realizar tratamientos a terceros.
Asimismo, la empresa inscrita dispondrá de un Responsable Técnico Titulado.
Es personal especializado que tendrá en cuenta las estrategias del Control Integrado de Plagas y seguirá los principios de buenas prácticas en Desinfección, Desinsectación y Desratización, descritas en la norma UNE 171210.
Será el responsable de definir las condiciones en las que se deberá realizar la aplicación de los biocidas y su firma estará reflejada el certificado del servicio realizado, además de la firma de la empresa y del “aplicador” que realiza las actuaciones.
Que sean algo más que simples matabichos.
2 – El “aplicador, matabichos, fumigador, etc….” es el nombre por el que se llamaba a la persona que realiza los trabajos de Control Vectorial o Control De Plagas in situ, pero...
Desde 2013, la formación para poder realizar tratamientos como “aplicador”, requiere de una formación mucho más extensa de lo que lo había sido hasta entonces. Es en el Real Decreto 624/2013 donde se regula el Certificado de Profesionalidad de “Gestión de servicios para el control de organismos nocivos”. Este certificado es el único válido y homologado para realizar tratamientos a terceros.
Que vayan a tomar todas las medidas de protección antes, durante y después del tratamiento.
3 – La prevención de riesgos es muy importante antes de iniciar cualquier tratamiento, sobre todo si se trata de lugares de tránsito, o donde puedan encontrarse personas con problemas respiratorios, menores, personas mayores o mascotas.
Los productos aplicados deberán estar siempre fuera del alcance de los mismos, en lugares escondidos y/o contando con sistemas de seguridad.
También ha de respetarse, si existe, algún plazo de seguridad, antes de volver a hacer uso de las dependencias tratadas.
Todo ello deberá estar reflejado en los partes de trabajo y en las Fichas de Seguridad de cada producto empleado, de los cuales habrá que entregar un copia al cliente.
¿Y por que elegir EcoSerra?
Porque dispone del registro R.O.E.S.B.: 0812.
Desde 2010, además de adaptarnos a todas las exigencias legales para el desarrollo de nuestra actividad, no hemos dejado de formanos para poder hacer nuestro trabajo lo más profesionalmente posible.
Además, todos los técnicos que forman parte de la empresa disponen de titulaciones en Biología, enfocada al Control Vectorial, así como de los Certificados de profesionalidad mencionados anteriormente y descritos en el R.D. 624/2013.
Antes de iniciar cualquier tratamiento, definimos y explicamos las medidas necesarias de seguridad que deben tomarse antes y después de cada tratamiento, tanto para nuestros Técnicos como para el personal y usuarios de las instalaciones, informando de todo ello al responsable de las instalaciones, para que pueda transmitirlo a todo el personal usuario de las instalaciones tratadas (trabajadores, limpieza, personas que puedan utilizar las dependencias tratadas…).
Además, colocamos carteles de aviso en todos las dependencias tratadas, avisando del riesgo y del plazo de seguridad que debe respetarse.
Consulte nuestra propuesta antes de renovar o contratar una empresa de control de plagas.
En EcoSerra estamos formados y dispuestos a ofrecerle nuestro mejor servicio. Solicite un presupuesto sin compromiso a través de nuestro sencillo FORMULARIO DE CONTACTO o telefónicamente al 666 50 85 23.
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